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PR?LOGO Es un verdadero placer y un honor para m? escribir estas l?neas como Pr?logo para la publicaci?n del libro denominado Convenios Internacionales Mar?timos de la autor?a de mi buen amigo y colega Jos? Vicente Guzm?n. La modernizaci?n, la actualizaci?n y la unificaci?n (o uniformidad) del derecho mar?timo son metas importantes y necesarias, tanto para el comercio y transporte mar?timo como para los gobiernos interesados en promover la seguridad en alta mar, la protecci?n del medio ambiente marino, y combatir la pirater?a y el terrorismo. Sin duda, la ratificaci?n de, o la adhesi?n a, los principales convenios internacionales mar?timos constituye la manera m?s eficaz de lograr la uniformidad del derecho mar?timo. El objetivo principal o raison d'?tre del Comit? Mar?timo Internacional (CMI), una organizaci?n no gubernamental establecida en 1897 en la Ciudad de Amberes, es promover o contribuir a la unificaci?n (o, mejor dicho, a la uniformidad) del derecho mar?timo, como consta en el art?culo 1.° de la Constituci?n del CMI. El CMI lleva 125 a?os desempe?ando este papel importante y mantiene un inter?s primordial en estudiar y tratar de resolver los conflictos internos presentados por los reg?menes nacionales, los acuerdos regionales y los convenios internacionales que rigen el comercio y el transporte mar?timo internacional. ?Por qu? necesitamos la uniformidad del derecho mar?timo? El jurista italiano Pasquale Stanislao Mancini, durante un discurso ante la Facultad de Derecho de la Universidad de Tur?n, en 1860 (hace unos 160 a?os), dijo lo siguiente: La mar, con sus vientos, tormentas y peligros, nunca cambia, y esto requiere, por necesidad, un r?gimen jur?dico uniforme. En otras palabras, las empresas que participan en el comercio mar?timo internacional necesitan saber con certidumbre que el r?gimen jur?dico aplicable a ese comercio va a ser el mismo, sin importar el puerto de embarque o la ruta de navegaci?n que se tome para llegar al puerto de descarga. La importancia de un r?gimen jur?dico uniforme para el comercio mar?timo fue reconocida por los fundadores del CMI, como consta en la introducci?n de la historia del CMI escrita por Albert Lilar en 1972 (para celebrar los 75 a?os de existencia de la organizaci?n): L'historie du droit maritime porte l'empreinte d'une recherche constante de stabilit? e de securit? dans les rapports entre les hommes qui confient leur personne et leurs biens ? la mer capricieuse et indomptable. Depuis des temps imm?moriaux, le postulat qui a inspir? toutes les approches du probl?me, implique l'?tablissement d'un droit uniforme. Los fundadores del CMI ten?an en mente un gran proyecto de codificar las leyes mar?timas del mundo, siguiendo la tradici?n empezada en la Edad Media de redactar reglas de acuerdo com?n, como las leyes, reglas o tablas de Rodas, Oler?n, Visby y Barcelona, entre otras, para as? crear y obtener una uniformidad del derecho mar?timo y facilitar el comercio mar?timo en la tradici?n del Mare Liberum, favorecida por el fil?sofo holand?s Hugo Grotius. Tambi?n cabe mencionar que el trabajo inicial de los fundadores del CMI tom? lugar dentro de otra organizaci?n, la Asociaci?n de Derecho Internacional (International Law Association o ILA), la cual fue fundada varios a?os antes del CMI con una visi?n m?s amplia en torno al derecho internacional en general. En este sentido, se puede considerar que el CMI es descendiente de la ILA, pero figura como la primera organizaci?n internacional dedicada exclusivamente al derecho mar?timo y a las pr?cticas comerciales en el ?mbito mar?timo internacional.
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